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Las Leyes de
Burgos
El 27 de diciembre de 1512 se promulgó
en Burgos el código de leyes para el tratamiento de
los indios en su preámbulo se establece rotundamente
que los indios están por naturaleza inclinados a una
vida de ociosidad y vicios y no al aprendizaje de las
virtudes cristianas, mas adelante declara que el mayor
impedimento en el camino de su redención reside en
tener sus moradas alejadas de las de los cristianos por cuya
razón no pueden aprender las costumbres y la doctrina
cristiana, mientras que si estuvieran reunidos en poblados
donde pudieran ser preservados de su vicio de ociosidad y
observaran continuamente las prácticas cristianas,
podrían ser redimidos de su perversidad, partiendo de
estas premisas, el Consejo redactó 35
artículos que llegaron a ser la ley fundamental para
el gobierno de las relaciones hispano- indias en los treinta
años siguientes.
- Art. 1º Provee
que los indios sean establecidos en poblados cercanos a
los habitados por sus encomenderos...
- Art. 2º Provee
que el traslado a los nuevos pueblos se haga
suavemente.... Art. 3º Provee que en cada nuevo
poblado el encomendero construya una iglesia y una
campana para llamar a los indios a la
oración...
- Art. 4º Provee
que cada quincena el encomendero realice un examen de los
indios para comprobar lo que han aprendido; que
más adelante les enseñe los Diez
Mandamientos....
- Art. 5º Provee
que mientras no sea posible tener un sacerdote en cada
poblado indígena, las iglesias se
construirán para servir a los poblados en el radio
de una legua; que los encomenderos traigan a sus indios
los domingos a oír misa....
- Art. 6º Reitera
la disposición de que ningún poblado
esté a más de una legua de una
iglesia....
- Art. 7º encarga a
los obispos y a los clérigos que proporcionen
sacerdotes a las iglesias de los indios... Art. 11. Se
prohibe a los encomenderos y a los demás utilizar
a los indios como cargadores en las minas... Art. 13.
Provee que los indios está obligados a extraer oro
de las minas cinco meses al año; que al final de
cada período descansen durante cuarenta
días...
- Art. 20. Provee que se
pague a cada indio un peso de oro al año para
comprar ropa...
- Art. 22. Provee que
los caciques puedan usar un número limitados de
sus súbditos para su servicio
personal....
- Art. 25. Prohibe usar
la encomienda de indios en granjerías y negocios
privados....
- Art. 28. Provee que a
la muerte del encomendero, o cuando éste sea
cambiado, su sucesor indemnice a él o a sus
herederos en un precio fijado por tasadores; que no
puedan sus indios dejar su encomienda....
- Art. 29. Provee que se
nombre dos visitadores por cada pueblo....
- Art. 35. Limita el
número de indios que puedan estar en
posesión de una persona: no mas de ciento
cincuenta, ni menos de cuarenta....
Byrd Simpson, Lesley,
Los conquistadores y el indio americano, Ed.
Península, Barcelona, 1970. P. 45 - 51
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