"Prohiben a judíos conversos vivir en Indias"

Toledo, 1539.- Ante la proliferación de judíos convertidos a la fe católica en tierras americanas, el emperador Carlos V promulgó una ley que prohibe el establecimiento de quienes la corona española llama "infectos" en las Indias.

Ya en 1501, la Reina Isabel la Católica había ordenado una prohibición similar que nunca fue plenamente cumplida. Siete años después la corona accedió, en nombre de doña Juana, a un pedido de los procuradores de La Española, de expulsar a los "infectos", presuntos responsables de la anarquía reinante en esa isla.

Sin embargo, en ese mismo momento Fernando el Católico negoció con los conversos una licencia, al principio restringida pero después ampliada, para que pudieran establecerse en las Indias. "No cabe duda de que el oro, ese metal con que villanos judíos acostumbran corromper a los orgullosos nobles -por qué no a un Rey- jugó en aquella decisión un papel decisivo", dijo uno de los impulsores de la nueva ley.


Fuente: Noticias de la Historia, Nº4, p.8.

"¿América para los españoles? ... "

Toledo, 1549.- Ha trascendido en esta ciudad una decisión que habría adoptado el rey Carlos, respecto a la autorización del pasaje a América. Según se dice de buena fuente, el rey habría autorizado a la Casa de Contratación a no permitir viajar a aquellos súbditos de Carlos que no sean españoles.

Como se recordará, la reina Isabel sólo permitía el viaje al Nuevo Mundo a sus súbditos castellanos; en 1501 se estableció la necesidad del permiso real, y luego de la muerte de Isabel, Fernando autorizó el viaje a todos los españoles. Carlos amplió el beneficio a todos sus súbditos, pero si se piensa en las dimensiones de sus reinos (prácticamente toda Europa Occidental), se comprende el desagrado de los españoles.

Al parecer, la Casa de Contratación elevó un petitorio solicitando la derogación de esa medida, y el rey entendió que "no es conveniente rehusar públicamente el derecho", aunque autorizó a prohibirlo calladamente.


Fuente: Noticias de la Historia, Nº5, p.8.



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